Perspectivas Núm. 8 (2023)
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Examinando Perspectivas Núm. 8 (2023) por Materia "CONSUMER"
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- PublicaciónAcceso AbiertoDaño extrapatrimonial individual y colectivo en los procesos de consumo(Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 2023-08-17) Rossi, Jorge OscarLa asimetría en las relaciones de consumo produce, entre otras consecuencias, la exposición de los consumidores a múltiples y continuas situaciones de «pequeños maltratos», que implican disgustos y pérdida de tiempo. Ello disminuye su calidad de vida, entendida como una reducción de probabilidades vitales que, a los fines de su cuantificación, puede describirse como una «pérdida de chance de disfrute». Si bien el daño moral colectivo no está expresamente regulado, existen antecedentes jurisprudenciales; y el juego de los arts. 1737, in fine, 1738, 240 y 1741, in fine, del CCC brinda pautas para su determinación y cuantificación. El deber de seguridad del art. 5 de la Ley de Defensa del Consumidor, complementado por los arts. 1757 y 1758 del CCC, incluye la prevención y el resarcimiento de daños originados en externalidades negativas, causados por proveedores a consumidores potenciales e indeterminados.
- PublicaciónAcceso AbiertoNiños, niñas y adolescentes en las relaciones de consumo(Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 2023-08-17) Torres Santomé, Natalia Eva; Velardi, CarolinaEl Estado nacional, a través de la Resolución 236/21, reconoce la participación de los niños, niñas y adolescentes en los procesos administrativos, especialmente en aquellos relacionados con las relaciones de consumo en las que se les considera sujetos protagónicos. Esta resolución está en línea con la Observación General 16 del Comité de los Derechos del Niño de la ONU, que establece que los niños tienen derecho a ser escuchados en los procedimientos judiciales y administrativos que involucren a empresas. La Resolución 236/21 establece herramientas para que los derechos y garantías reconocidos puedan ejercerse efectivamente en las relaciones de consumo y reconoce a los niños como sujetos especialísimos de derecho. La participación de los padres y representantes legales es fundamental para facilitar el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, pero la resolución busca incluir a todas las partes involucradas para enriquecer las relaciones sociales.
- PublicaciónAcceso AbiertoResponsabilidad objetiva en los entornos digitales(Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 2023-08-17) Ganino, Adrián M.El presente trabajo busca dar respuesta al siguiente interrogante: ¿qué responsabilidad le cabe a los proveedores e intermediarios en los entornos digitales? En nuestro país no contamos con normativa específica sobre responsabilidad de los intermediarios, lo cual representa un problema para la Justicia. Nuestro Código Civil y Comercial establece dos regímenes de responsabilidad civil: subjetiva y objetiva a la hora de resolver los conflictos que llegan a los estrados judiciales. Como no hay un régimen legal específico para aplicar en casos sobre responsabilidad de intermediarios, el Poder Judicial recurre a estos principios generales de la responsabilidad civil a la hora de pronunciarse, lo cual genera diversas posturas y fallos en las distintas instancias, contrarios unos de otros. En ese marco, se propone un abordaje desde la mirada y el trabajo que lleva adelante la Autoridad de Aplicación Administrativa, con apoyo del presente artículo en sanciones de carácter administrativo.