(Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 2022-07-15) Ambrosis, Roberto Marcial
En primer lugar, se utiliza como disparador un fallo del Tribunal Superior de Córdoba, que convalida y aplica la calificación de abuso sexual a hechos cometidos a distancia y sin tocar, ni tener inmediación con la víctima. Vamos a analizar los argumentos del Tribunal y los de la defensa, que sostiene que no se puede abusar a alguien sin tocarlo, y trataremos de desenmascarar las razones que sostienen una falacia dogmática. Esto ya tenía respuesta en un autor nacional hace más de cuarenta años y, pese a sus sólidos argumentos, se encontraba solapada y desautorizada por una interpretación doctrinaria contemporánea, que, en forma paradojal, no se adapta a los tiempos actuales y va de contramano con la normativa nacional e internacional de protección de violencia contra la mujer; ello le resta valor a una situación socialmente perjudicial, pero, por sobre todas las cosas, parece desconocer o negar el texto de la ley vigente.
2024 | UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA PLATA | Avenida 13 nº 1227 | CP 1900 - La Plata - República Argentina